Calculadora de gastos de compraventa de vivienda

Averigua cuánto dinero necesitas además del precio de la casa, con los impuestos de tu comunidad autónoma.

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Qué impuestos pagas al comprar una vivienda

Vivienda de segunda mano: ITP

Al comprar a un particular pagas el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Lo fija cada comunidad autónoma y en 2026 va del 4% del País Vasco al 10% de Cataluña, con tipos más altos en viviendas caras en algunas comunidades. Consulta el ITP de cada comunidad.

Vivienda nueva: IVA + AJD

Si compras a una promotora, pagas un 10% de IVA (en Canarias, IGIC) y además elImpuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) por la escritura, que según la comunidad va del 0,4% al 1,5% (con tipos reducidos en muchas comunidades para la vivienda habitual).

Notaría, registro, gestoría y tasación

Los aranceles de notaría y registro están regulados y dependen del precio. En total, suelen sumar entre 1.000 y 2.500 € en una compra típica. La gestoría cobra unos 300-400 € y la tasación, obligatoria si pides hipoteca, entre 300 y 500 €. Las cifras de esta calculadora son estimaciones orientativas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto son los gastos de comprar una casa?

Entre un 8% y un 15% del precio, según la comunidad autónoma y si la vivienda es nueva o usada. La mayor parte son impuestos: el ITP en vivienda usada, o el IVA más el AJD en vivienda nueva. El resto son notaría, registro, gestoría y, si hay hipoteca, la tasación.

¿Quién paga los gastos de la hipoteca?

Desde la Ley 5/2019 de crédito inmobiliario, el banco paga la notaría, el registro, la gestoría y el AJD de la escritura de hipoteca. Al comprador le corresponden la tasación y las copias que pida de la escritura.

¿Se pueden financiar los gastos de compraventa?

Normalmente no: los bancos financian hasta el 80% del precio y esperan que los impuestos y gastos se paguen con ahorros. Algunas entidades ofrecen financiación superior en casos concretos, pero con condiciones más exigentes.

¿Cuándo se paga el ITP?

Hay un plazo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura para presentar y pagar el impuesto (modelo 600 o el de tu comunidad). Normalmente lo tramita la gestoría o la notaría.